jueves, mayo 12, 2011

Juzgado Mercantil 7. Auto 370/09.

Ayer leía “Con mi espada de madera, mataré dragones“, la última columna de La Gárgola Impasible en a:Ditoday, y me vi a mí mismo luchando con otros monstruos y con otras espadas. No eran dragones porque no conocíamos a Sant Jordi y su leyenda, y las espadas no eran de madera sino de caña porque era el material que teníamos más a mano. Y a decir verdad, eran tan efectivas como las de madera e infinitamente más peligrosas sobre todo para los ojos de los espadachines.

Ayer mismo salió a la luz el zarpazo y el aliento de fuego del último dragón contra el que luchaban un grupo de quiosqueros barceloneses. El 4 de febrero, en el post “Tarde de toros”, relatábamos la vista oral del auto 370/09 del Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona, que había de pronunciarse sobre la demanda interpuesta por CEMUSA contra FERCACOMPEN, J.C. DECAUX, Agrupación Catalana de Agentes de la Difusión y 54 quiosqueros. El 3 de febrero, fecha de la vista, el número de demandados había bajado considerablemente: CEMUSA había desistido en su demanda contra J.C. DECAUX, Agrupación Catalana de Agentes de la Difusión y 2 ó 3 quiosqueros; otros 17 quiosqueros se cayeron de la lista porque no habían podido localizarlos, y unos cuantos no se presentaron.

Sin entrar en juicios de valor y sin ánimo de ser exhaustivo, los hechos son los siguientes:
1.- En 1996 se instalan quioscos nuevos en Barcelona. CEMUSA paga la instalación a cambio de gestionar la publicidad. El contrato se divide en tres tramos:
1.a) Durante los 10 primeros años, CEMUSA paga a los vendedores el IVA que les correspondería si cobrasen la publicidad.
1.b) En 2006 CEMUSA no paga nada.
1.c) Hasta abril de 2012, CEMUSA pagará 55.000.000 pts. anuales a repartir entre 316 quioscos.
2.- A principios de 2007 se negocia con CEMUSA para que incremente los 84€ (más o menos) que debería cobrar al mes cada quiosco. En febrero aparece FERCACOMPEN y ofrece 550€ mensuales (IVA incluido) a quienes pongan la publicidad con ellos.
3.- Abril/mayo de 2007: Casi un centenar de quiosqueros firma con FERCACOMPEN.
4.- Finales de 2007. CEMUSA presenta demanda contra J.C. DECAUX, ACAD, FERCACOMPEN y 12 ó 13 quiosqueros que habían firmado contrato publicitario directamente con CEMUSA.
Al mismo tiempo renegocia el contrato y pasa a pagar 700€ mensuales aunque los quiosqueros recibirán todo el importe anual en un solo pago, que se hará en junio. Ver "Asamblea ¡extraordinaria!"
5.- Mayo de 2009. Curiosamente, en vísperas de publicarse la sentencia de la demanda anterior, CEMUSA interpone una segunda demanda contra J.C. DECAUX, ACAD, FERCACOMPEN y otros 54 quiosqueros, que no han firmado el contrato publicitario con CEMUSA pero se presupone que lo han subrogado. Como indemnización por lucro cesante, CEMUSA reclama 339€ semanales a cada quiosquero, empezando a contar el tiempo en el momento en que pusieron publicidad con FERCACOMPEN, hasta el día en que se pague esta indemnización (más intereses): aproximadamente 72.000€ (más intereses).
6.- 20 de octubre de 2010. Se celebra la vista previa. CEMUSA desiste en su demanda contra J.C. DECAUX y ACAD.
7.- 3 de febrero de 2011. Se celebra la vista oral.
8.- 10 de mayo de 2011. Los abogados reciben el fallo del juez.

De forma escueta, la sentencia establece:
1.- Acción de competencia desleal: Ha prescrito. CEMUSA debió interponer la demanda una vez tuvo conocimiento de los hechos y peritó los daños.
FERCACOMPEN queda absuelta.
2.- Quedan absueltos 2 quiosqueros. Uno porque pudo presentar la factura de su quiosco, que la empresa EPIMA le presentó en 2007. El otro porque CEMUSA no pudo demostrar que el anterior propietario hubiese firmado contrato con la empresa publicitaria.
3.- Lucro cesante. Al retrasar dos años la interposición de la demanda, CEMUSA se ha situado en posición de privilegio (dice la sentencia) a la hora de pedir indemnizaciones, cosa que el juez interpreta como retraso desleal y equipara las indemnizaciones a las fijadas en la sentencia de Juzgado Mercantil 2
4.- Costas. Dado que la demanda no ha sido admitida en su totalidad, cada parte se hará cargo de sus propios gastos y la mitad de los comunes, salvo en lo que se refiere a FERCACOMPEN y los dos quiosqueros absueltos, cuyas costas deberá asumir CEMUSA.
5.- Se establece una indemnización de 9.514€ para los 24 quiosqueros que dejaron de poner publicidad de CEMUSA en abril de 2007 y 8.558€ para los que dejaron de ponerla en mayo. Todos ellos han de permitir que CEMUSA ponga publicidad en sus quioscos hasta la finalización del contrato de abril de 1996.

Apelación: Véase “La justicia ¿es un cachondeo?"

8 Comments:

At 12/5/11 22:12, Blogger BANDOLERA said...

¿Entiendo que es un "continuará"???

 
At 13/5/11 21:43, Blogger Quiosquero said...

Antes de que el post desapareciera, Bandolera me enviaba el siguiente comentario:
- ¿Entiendo que es un "continuará"???


La respuesta es obvia: "Tal vez sí, tal vez no... De momento las cosas se quedan así"

 
At 14/5/11 10:44, Blogger Norma said...

CEMUSA pagaba 89€ al mes pero pide una indemnización de 339 € a la semana por dinero dejado de ingresar... y se la conceden... Debo de ser muy corta porque no lo entiendo.

 
At 14/5/11 11:54, Blogger Quiosquero said...

Es la justicia a la española, Norma.

 
At 16/5/11 13:30, Blogger BANDOLERA said...

NO ENTIENDO!!!!!!!!
Volveré a leerlo con más calma las veces que haga falta, pero de momento, NO lo entiendo.

 
At 16/5/11 13:59, Blogger conchita said...

YO TAMPOCO ENTIENDO NADA, CREO QUE DICES QUE LA JUSTICIA OS HA DADO LA RAZON A LOS QUIOSQUEROS Y QUE A CEMUSA SE LE HA VISTO EL PLUMERO.
Y ENTONCES PORQUE.... UN SALUDO

 
At 17/5/11 08:12, Blogger conchita said...

ahora lo entiendo, que putada. lo que no tuve claro en un primer momento era lo de la indemnización,creia que cemusa lo tenia que pagar a los quiosqueros,supongo que se apelara la sentencia ¿no?

 
At 17/5/11 19:09, Blogger Quiosquero said...

La poca experiencia que tengo en tribunales me enseña que la justicia no tiene nada que ver con lo que muestran las películas. En caso de asesinato, por ejemplo, lo que primero se necesita es un muerto, luego, en caso de incumplimiento de contrato debería haber un contrato. Pues no; se puede incumplir un contrato sin necesidad de que haya contrato o sin necesidad de demostrar que lo hay.
Visto lo cual, lo mejor es no cabrear a los jueces y menos ahora que les han bajado el sueldo.
Es una opinión muy particular.

 

Publicar un comentario

<< Home