miércoles, febrero 20, 2013

Contrato trampa

Los quiosqueros van de susto en susto; unos más que otros.
El tema de la publicidad en Barcelona ya es viejo y sabido, pero aún colea. Es de dominio público que el contrato de publicidad de 1996, modificado por el contrato de publicidad de 2002, […] modificado por el contrato de publicidad de 2007, finalizó el 31 de octubre de 2012. La empresa que tenía los derechos de publicidad (en exclusiva) y la Asociación de Vendedores de Prensa de Barcelona y Provincia prorrogaron de mutuo acuerdo este contrato (el de 2007) hasta que se haga efectiva la concesión de las nuevas licencias de explotación, con el tope máximo de 31 de diciembre de 2014. Lo que ya no es tan de dominio público es que la Asociación de Vendedores de Prensa pusiera sobre la mesa que esta prórroga amparase también a los quiosqueros en “rebeldía” (los que en 2007 se adhirieron al contrato que se les ofreció en nombre de JC DECAUX); no hubo acuerdo. La empresa de publicidad obvió a la asociación y ofreció, directamente a los vendedores que no habían firmado en su día la modificación de 2007, un nuevo contrato en los términos de la estipulación cuarta: 

Hasta aquí, nada que objetar, a pesar de que la oferta era claramente discriminatoria e insultante. Cada empresa es libre de exigir las condiciones que estime oportuna por muy vejatorias que éstas pudieran parecer; al igual que los titulares de licencia son libres de aceptarlas o no. Los sustos se producen cuando se lee lo que “ambas partes” exponen:
y

No sé cómo se pueden interpretar estos dos puntos, aunque todas las personas que he consultado coinciden en decir que la empresa de publicidad declara, y los quiosqueros ratifican, haber pagado a la Asociación de Vendedores de Prensa el importe completo de las primas correspondientes a 2012 (hasta 31 de diciembre) y que, por tanto, los vendedores no tienen nada que reclamar a la empresa; ni de 2012 ni de ejercicios anteriores. No dice que la parte contratante de la primera parte admita no tener tampoco reclamaciones que pueda sacar a colación en cualquier otro momento.

Cabe dentro de la lógica suponer que los quiosqueros quieran cobrar su parte antes de decidirse a firmar o no el nuevo contrato que los hará ricos durantes los dos próximos años y acuden a las oficinas de la asociación. Se encuentran el nido sin pájaros: la empresa de publicidad ha pagado el importe que corresponde a los quiosqueros que firmaron el contrato de 2007; no así el de los que se quedaron en el contrato de 1996.
Cemusa mantiene que está al día en los pagos y que es la asociación quien ha de liquidar a los vendedores. Durante unos días se pasan la pelota de uno a otro; quiero decir que tanto la asociación de como la empresa de publicidad se reafirman en lo que ya han dicho, hasta que esta última, tras un periodo de silencio, se dirige a los quiosqueros implicados y les pide copia de la licencia y cuenta corriente donde ingresar los importes cuestionados.

¿Sabe alguien quién es el puñetero mentiroso? Dedúzcase.
Lo que no es cuestionable es que el contrato contenía cláusulas trampa.

2 Comments:

At 11/3/13 13:22, Blogger Alenvedi said...

ufffffff..

 
At 11/3/13 13:41, Blogger RafaSLorenzo said...

Acabo de leer el tema que expones, ¿se puede acompañar el mismo de textos originales?.
Me ha recordado todo, a un tema que hace meses se debatió en Adi-Today de las máquinas de tabaco, con unos pagos por publicidad realizados a nivel nacional, y que los mismos después fueron repartidos entre Asociaciones,pasando por último al vendedor.

 

Publicar un comentario

<< Home