jueves, febrero 19, 2015

Recortes presupuestarios

Los entendidos en macroeconomía tienen distintas recetas con que atacar y atajar tiempos de crisis, y que, como los Diez Mandamientos, se reducen a dos, aunque sólo una de ellas sea válida por resultar ambas incompatibles: la primera consiste en aumentar el gasto público para paliar el descenso de la oferta de empleo y la segunda aconseja un recorte de los gastos para evitar una deuda excesiva.
Si intentamos aplicar el sistema macroeconómico al quiosco podemos colegir que no funciona ninguna de las dos soluciones: si se aumenta el gasto, la hostia es inminente dado que las ventas no dependen del quiosquero. Vamos, que no depende del quiosquero ni la venta ni el margen de venta ni siquiera el producto que se vende; es un tema éste que podría dar argumento suficiente para escribir un tratado. Si no funciona la primera receta, habría que probar con la segunda: recorte de gastos. Los gastos de un quiosco pueden ser tantos como se quieran, pero, de la misma manera que no existe un techo, sí existe un suelo suficientemente alzado para impedir el acceso a los quioscos que no tienen una situación idónea, y lo suficientemente rocoso para que los instrumentos de los que dispone el quiosquero reboten y se mellen contra la dureza del mosaico.
Quiero decir que el vendedor tampoco tiene control sobre la mayoría de sus gastos y que éstos, los más gordos, le vienen dados por la administración o por sus propios proveedores. Los gastos fijos del quiosco nos los impone el Ayuntamiento, la Seguridad Social, Hacienda y los proveedores de electricidad, teléfono y equipo informático. Y, por supuesto, las Distribuidoras mediante sus módicos precios por “servicios auxiliares”.
El Ayuntamiento (de Barcelona) se ha tirado todo un detalle y nos ha dejado la cuota en casi la mitad; ya es de agradecer. Los autónomos siguen influyendo notablemente en los costes de explotación; es cierto que el vendedor puede elegir la cuota pero, cuanto menos pague, menores serán las prestaciones que reciba a la larga; de todos modos hemos considerado la cuota mínima como base de nuestros cálculos. Respecto a Hacienda, sólo tenemos en cuenta lo que se retiene por ser autónomo, es decir, el recargo de equivalencia; a esto habrá que sumarle el IVA de las facturas que se emitan (T-10, Loto, publicidad…) y lo que corresponda por IRPF, lo cual será tanto más favorable en cuanto mayor sea su cuantía. Los gastos de electricidad y teléfono es difícil recortarlos, salvo que usemos velas para alumbrarnos y continuemos contando con un ábaco; igual que los gastos de material, que reducimos a cartuchos de tinta y papel para la impresora. Luego, hay un pequeño coste por "residuos tóxicos” y pertenencia a la Asociación de Vendedores (no obligatoria pero, quizás, necesaria). Por último, reseñar que el coste derivado de los portes que cargan nuestros más importantes proveedores representan, cómo no, el mayor porcentaje sobre los gastos fijos.

Más o menos, ésta sería la distribución de los gastos fijos de un quiosco.
Sólo falta comentar que estos pequeños gastos implican que sea necesario vender unos 52.500€ para cubrirlos, es decir, que en un quiosco los primeros 9 millones de pesetas vendidos no generan ni un puñetero duro para el quiosquero.

5 Comments:

At 22/2/15 14:49, Blogger kioskero said...

Muy ilustrativo,gracias.

 
At 23/2/15 05:02, Blogger Alenvedi said...

Como se puede comprobar, los gastos por "Portes" superan a los de seguridad social... Alucinante!!

 
At 25/2/15 11:44, Blogger Colorines said...

Y cada vez se vende menos pero los costes no bajan.
Si no vendes muchísimo no es rentable este negocio.
En mi caso particular (no vendo muchísimo) los portes que me cobra SGEL se llevan el 50% del beneficio que me genera la venta de sus publicaciones. Una ruina

 
At 25/2/15 23:55, Blogger Quiosquero said...

No confundirse, son "servicios auxiliares"

 
At 9/3/15 09:07, Blogger Alenvedi said...

Lo más alucinante es que ninguna confederación u asociación, al menos que yo sepa, ha preguntado en qué consiste, o el desglose en el caso de que sean varios los cargos englobados, de este concepto "Gastos auxiliares"

Yo si lo hice a título personal, mediante burofax con acuse de recibo y contenido. Sin respuesta claro...

 

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